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lunes, 16 de agosto de 2010

Una sentencia para Canarias

2010 08 11 Opinion
JOSÉ ORTEGA (*) La anulación del deslinde de Punta Larga ha originado una oleada de entusiasmo acompañado de valoraciones urgentes, unas certeras y otras algo menos. Algunos sugieren que se trata de una sentencia para ricos. Puedo desmentirlo porque en un espacio contiguo, también de chalés, el recurso fue desestimado. Unos ganan y otros pierden, sin clasismo a la vista. Otros la convierten en tabla de salvación para su caso, como el Anexo II de la Playa del Inglés. Pero la sentencia sólo es útil para la delimitación de zonas acantiladas, no de playas. Comprendo la ilusión colectiva que despierta esta resolución en una tierra sedienta de justicia y con los ojos enrojecidos por el llanto, especialmente cuando se trata, al parecer, de la primera decisión judicial que anula la definición del dominio público en Canarias, pero su posible aplicación a otros casos hay que examinarla desde un marco racional. Dicho esto, parece indiscutible que la sentencia prefigura una gran esperanza, puesto que se dirige directamente al corazón del problema, que no es otro que la ostentosa arbitrariedad de la Administración: Censuran los magistrados la fijación de la línea según un pretendido alcance de los temporales determinado sin una sola prueba. Y hay docenas de casos iguales. Cómo haya sido posible que ese insulto tanto a los ciudadanos como a la inteligencia se haya transformado en hábito, es un misterio más en un país que se pretende civilizado y europeo, pero en cualquier caso la sentencia deja herido de muerte ese vicio inaceptable. Siempre doy una respuesta afirmativa cuando me preguntan si aprecio diferencias en la forma de aplicarse la ley de costas en Canarias y en la Península. Aquí el alcance del temporal se fija habitualmente por “observación directa”, mientras que en la Península, para demostrar lo mismo, se contratan estudios técnicos complejos y caros ¿Razones? Sólo se me ocurre una: Que crean que los canarios son bobos y se dejan hacer. La discusión ha sido larga y he sufrido muchos sinsabores con Administración y jueces antes de obtener esta sentencia, que pone fin a todo eso, pero el resultado final parece redondo, abre caminos insospechados y me resarce de todos esos malos momentos. La proyección de la sentencia es inmensa: un buen noventa por ciento de la costa canaria es escarpado y por tanto en ella el deslinde se decide por el alcance del temporal. La mayoría de estos espacios se han delimitado o se están delimitando sin pruebas, es decir, por ese procedimiento ahora declarado ilegal. La arbitrariedad siempre es rechazable, pero mucho más cuando es fuente de la ansiedad, la frustración y las lágrimas de quienes ven sus casas transformadas en escombros. En Canarias ha habido demasiado dolor. Ahora toca revisar todo lo que se ha hecho mal y restaurar el respeto a los ciudadanos. Desde que la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas presentó una queja contra España ante el Parlamento Europeo, y sobre todo desde que en 26.03.09 el pleno de ese mismo Parlamento Europeo nos dio la razón en una decisión memorable (informe Auken), todo comenzó a cambiar lenta pero imparablemente. Armados sólo con nuestra dignidad y nuestra voluntad de lucha, los ciudadanos estamos consiguiendo librar a la sociedad de esa casta de dirigentes que tanto se equivocaron creyéndose dueños de nuestras vidas. Ellos lo tienen todo: Ejércitos de asesores, un presupuesto ilimitado, el Boletín Oficial del Estado y la policía. Pero nosotros tenemos la razón. Y la razón comienza a romper todos los diques y a abrirse paso.

(*)Abogado

viernes, 30 de julio de 2010

La Audiencia Nacional anula el deslinde de la zona de Punta Larga (CANDELARIA)

ABC Canarias CANDELARIA
JAVIER REYES Día 01/08/2010
Una sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 16 de julio, anula el deslinde del dominio público marítimo-terrestre en la zona de Punta Larga, en el municipio tinerfeño de Candelaria. El documento, al que ha tenido acceso ABC, afecta de manera colateral a la creación de la playa de Punta Larga, el gran proyecto urbanístico del socialista Gumersindo García para cualificar el litoral del municipio sureño.
Según el abogado de los demandantes (tres vecinos afectados), José Ortega, letrado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, la sentencia impedirá la ejecución del sendero peatonal proyectado en la zona de La Galera hasta que no se acometa un nuevo deslinde. Además, se tendrá que revisar en ese punto el Plan General de Ordenación (PGO) del municipio y también se anularán órdenes de recuperación posesoria y actuaciones sancionadoras que ya cuentan con resolución firme, en todos los casos con órdenes de derribo. «Esta gente ha sufrido muchísimo, y después de tanta lucha, empiezan a ver la luz», indica el abogado valenciano.
Para Ortega, se trata de una sentencia «pionera» en el Archipiélago que va a sentar un «gran precedente»para futuros litigios en las costas canarias. De hecho, apunta que «puede ser un instrumento para revisar la mayoría de los deslindes hechos en Canarias, ya que en ellos, a diferencia de lo que sucede en la Península, el deslinde se decide por el alcance de los temporales, definido por observación directa y sin una sola prueba». El deslinde fue aprobado el 21 de septiembre de 2006 sobre un tramo de costa de 958 metros comprendido entre el actual refugio pesquero y la playa de Punta Larga. Los vecinos, cuyos jardines están afectados por el futuro sendero peatonal, argumentaron en su demanda que en ningún momento fueron informados del nuevo deslinde acometido por la Dirección General de Costas.
El organismo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente defendía que
el espacio afectado era alcanzado por los temporales y que ya estaba incluido dentro del espacio «demanial» por un deslinde de 1969, pero la sentencia, no obstante, concluye que la Administración no ha justificado lo suficiente esa posición.
Pruebas periciales
Los magistrados echan de menos alguna «referencia histórica» de esos temporales y lamentan el «escaso rigor científico» de Costas a la hora de determinar el nuevo deslinde frente a las dos pruebas periciales expuestas por los demandantes que reconocen que el deslinde actual es prácticamente coincidente con el de 1969. José Ortega reflexiona también sobre lo que hubiera pasado si este tipo de sentencia hubiera llegado antes para haber podido salvar el poblado marítimo de Cho Vito, demolido en octubre de 2008 y cuyas órdenes de derribo tenían un fundamento parecido, en especial el de haberse construido las viviendas dentro del dominio público definido en 1969.
El sendero litoral La Galera-Puntalarga es la tercera parte del gran proyecto de regeneración de la costa. Cuenta con un presupuesto base de licitación de 978.000 euros y su trazado afecta en total a una quincena de propiedades, aproximadamente. El paseo tendrá una longitud de casi 400 metros, ocupando una superficie pavimentada superior a los 2.000 metros cuadrados. Este sendero dispondrá de dos accesos a la futura gran playa de Punta Larga, cuya primera fase debería estar terminada a finales de agosto. De hecho, se espera que al final del verano ya se pueda abrir al público la zona conocida popularmente como «El Charquito».
Desde verano de 2009 las máquinas trabajan a todo ritmo en la primera fase del macroproyecto en el que el Ministerio de Medio Ambiente invierte unos 2,2 millones de euros. Las obras que ejecuta la empresa Corsán- Corviam abarcan desde la escultura de pez hasta las inmediaciones del hotel Tenerife Tour. El proyecto incluye una zona central con una escollera de protección que
tendrá un frente de 240 metros y otra más próxima al hotel de 140 metros de longitud en coronación respectivamente, con unas plataformas de solarium y sendero distribuidas en toda la superficie y orientadas convenientemente formadas por plataformas de madera.
Anhelo local
No obstante, la joya de la actuación y la que con más mimo admira Gumersindo García es la regeneración de la playa propiamente dicha, cuyas obras cuentan con un presupuesto base de licitación de más de 19,1 millones de euros. Esta playa vendría a cubrir la histórica carencia de zonas de baño adecuadas en la Villa Mariana y competiría con La Nea, en Radazul, como principal playa del área metropolitana. La playa proyecta dos diques de defensa para el abrigo del relleno de la playa.
Así, el dique Norte arrancará desde la playa actual al sur del barranco Los Órganos y tendrá una longitud de 194 metros, mientras que el dique Sur va desde la punta norte de la dársena deportiva de La Galera y cuenta con una longitud de 235 metros. La playa tendrá una superficie de 15.000 metros cuadrados y una longitud de 500 metros.

viernes, 23 de julio de 2010

Información sobre las líneas de deslinde del litoral español

MARM
Direccion General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar
De conformidad con lo previsto en la legislación de costas, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, lleva a cabo el Plan de deslindes, tramitando y aprobando los expedientes que definen la línea de deslinde del dominio público marítimo-terrestre.
Con el objeto de facilitar el conocimiento de estos trabajos, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha puesto en marcha un proyecto que permite consultar la línea de deslinde del dominio público marítimo-terrestre y los terrenos privados afectados por la zona de servidumbre de protección sobre la cartografía de las localidades costeras de España, o bien sobre las fotografías aéreas disponibles. De este modo, cualquiera que esté interesado en un inmueble situado en la costa verá de forma sencilla e inmediata si esa propiedad podría estar afectada por la delimitación del dominio público marítimo-terrestre.

El acceso a esta información se puede realizar de dos formas:

A través del Visor del Ministerio
A través de la Sede Electrónica del Catastro, del Ministerio de Economía y Hacienda, http://www.sedecatastro.gob.es/ sin necesidad de firma electrónica y disponible en español y en inglés para facilitar su consulta a los ciudadanos de otros países.

En la actualidad la herramienta permite consultar la información de Baleares, Tarragona, Granada y Lugo, si bien está prevista la ampliación paulatina al resto de provincias costeras.

Los datos disponibles en esta nueva herramienta de consulta tienen un carácter meramente informativo. Su función principal consiste en divulgar y difundir los trabajos elaborados hasta la fecha por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar para ofrecer una mejor información al ciudadano. En todo caso, la información podrá ser contrastada en cada uno de los Servicios Periféricos de costas.

En el visor se publican dos zonas: la delimitada por la línea amarilla hacia el mar, que constituye el dominio público marítimo-terrestre y la comprendida entre la línea amarilla y la verde, denominada zona de servidumbre de protección, que constituye el área de terreno de propiedad privada afectada por delimitación de uso. Para una mayor información sobre los efectos del deslinde pueden dirigirse a la sección de preguntas frecuentes.

http://www.mma.es/portal/secciones/aguas_marinas_litoral/gdpmt/linea_deslinde.htm

domingo, 18 de julio de 2010

Afectados por la Ley de Costas piden que se ponga freno a los abusos

A. Herrero/P. L. Cuntín/I. Moreno. Madrid LA GACETA DE INTERECONOMIA

Recuperar el litoral. Eso persiguen las autoridades que obligan a cumplir la Ley de Costas, en vigor desde hace 22 años y que impide edificar a menos de 100 metros de la orilla del mar y 20 metros si es suelo urbano. Las viviendas que no cumplan estos requisitos pueden ser demolidas. Esto es ya una realidad: cientos de propietarios han perdido sus casas en la costa, y aún quedan 1.000 kilómetros por deslindar. Pero ¿con qué criterio se establecen las líneas divisorias de la propiedad pública y la privada?, ¿existen intereses, más allá de los medioambientales, a la hora de establecer los deslindes? El debate se reabre tras las propuestas presentadas por el Partido Popular de Galicia y Cantabria, CIU y Coalición Canaria para modificar la Ley de Costas que se aprobó en 1988. Ésta nació con un objetivo claro: paliar la situación en la que se encontraba el litoral español. Sin embargo, lo ocurrido en los últimos 22 años en España demuestra que esta Ley y su reglamento no han cumplido plenamente con sus objetivos. Desde 1987 a 2005, un total de 7,7 hectáreas de costa al día han sido sustituidas por urbanizaciones, hoteles y puertos. Las zonas de Levante y Canarias han sido las más afectadas.
La senadora popular por Cantabria, Leticia Díaz, fue una de las que dio la voz de alarma. Presentó el pasado martes una propuesta “de mínimos” para que se mantenga la situación jurídica de todas las concesiones anteriores a su aprobación en 1988, hasta que se arbitre un instrumento de planeamiento urbanístico que determine qué usos son compatibles con la preservación ambiental y se establezca una valoración. Leticia ha declarado a LA GACETA que “Costas no ha frenado los desmanes urbanísticos, ni los de antes ni los posteriores a la ley”. En lo que respecta a la propia Ley, Díaz denunció que no le parece adecuada “la confiscación de propiedades privadas, ni su efecto retroactivo”. Y es que la Ley tiene, según José Antonio García-Trevijano, jurista especializado en Derecho Público, dos grandes problemas: “El primero es que define el dominio público en términos imprecisos, con lo cual el Gobierno de turno sitúa los deslindes (líneas que separan la propiedad privada de la pública) donde quiere”. Esto ocasiona, según Trevijano, que existan casos como la playa de Cadabedo en Asturias, donde la línea de dominio público está a dos kilómetros del mar y en otros sitios a 100 metros. Existen deslindes que son “auténticos zigzags”.
Concesiones
El segundo problema grave que plantea la Ley es que el TC aprobó en 1991 que a los propietarios de terrenos que estuvieron afectados por Costas no había que aplicarles la expropiación sino la concesión. “Como no hay dinero para realojar a la cantidad de personas afectadas, se les permite permanecer en sus casas 30 años prorrogables a otros 30, es decir, pueden permanecer en sus casas, eso sí, sin reformarlas, ni siquiera pintarlas, hasta 2018 o incluso hasta 2048. Y, después, a la calle. Sin indemnización, ni casa. Eso si a Costas no se le antoja echarlos antes. Esto, en Europa, es inaudito”, explica el abogado.
Actualmente, Costas ha deslindado ya un 92% del litoral español; quedan 1.000 kilómetros de costa por dividir. Las casas de pescadores de El Puig en Valencia serán las próximas en ser derribadas. Será en septiembre. Los habitantes de Puntas de Calnegre, en Murcia, están en espera de la sentencia del Supremo. Los propietarios de las viviendas situadas en Playa de la Viuda, Ojos de Garza y otras poblaciones costeras tradicionales de las Islas Canarias han recibido cartas con órdenes de derribo. Así también comenzó la historia de los habitantes de la población tinerfeña de El Cho Vito, demolida por Costas en octubre de 2008.
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http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/sociedad/afectados-ley-costas-piden-que-se-ponga-freno-los-abusos

viernes, 9 de julio de 2010

Nunca Debemos Perder la Esperanza, MG

El Congreso debate por primera vez rebajar la Ley de Costas de 1988

Coalición Canaria y CiU fuerzan la votación sobre cómo frenar los derribos
RAFAEL MÉNDEZ - Madrid - 09/07/2010 EL PAIS

El Congreso debatirá por primera vez una reforma de calado para rebajar la Ley de Costas, de 1988. Lo hará en otra norma que no tiene mucho que ver, la Ley de Medio Marino, a la que Coalición Canaria ha presentado enmiendas para reducir los derribos y respetar las casas ya construidas en dominio público. El PSOE se opone y el PP no ve con malos ojos un recorte de la política de derribos que tantos votos cuesta y quebraderos de cabeza genera.

La Ley de Costas era un melón que nadie se atrevía a abrir. Aprobada en 1988, la norma declaró público todo el litoral español. Para quienes tuvieran una casa construida legalmente en la arena, la ley ideó un sistema peculiar de compensación: el Estado les dejaba usar sus propiedades hasta un máximo de 60 años pero no podían venderlas. Tras ese periodo pasarían a manos del Estado para ser derribadas. La idea era limpiar el litoral de cemento.
La ley fue cumplida a medio gas hasta 2004, cuando el ministerio que dirigía Cristina Narbona aceleró los deslindes (el trámite para delimitar la zona pública y la privada de costa). Actualmente está deslindado el 92% de los casi 8.000 kilómetros de costa y con el trámite llegan los pleitos, los derribos, las quejas a Bruselas, la movilización y, finalmente, el debate parlamentario.
El portavoz popular en Medio Ambiente, Carlos Floriano, asegura que aún no tienen postura fijada pero no rehúye el debate: "Se ha sacralizado una ley que no ha cumplido su objetivo, ya que en estos 20 años de vigencia de la norma es cuando la costa ha sufrido más agresiones. No ha conseguido compatibilizar el medio ambiente y el respeto a la propiedad privada.
Se están vulnerando derechos adquiridos de mucha gente mediante un procedimiento confiscatorio".
Una enmienda de CiU pide reformar la ley en tres meses para "revisar los criterios de deslinde de dominio público marítimo-terrestre aplicables a aquellas áreas urbanas consolidadas con singularidades propias" y pone como ejemplos la urbanización de Santa Margarida (Roses, Girona) o la Marina de Empuriabrava. Pere Macías, de CiU, afirma que "en algunos casos la ley es excesiva" y que casos como los que cita "los hay en toda España". Macías destaca que muchos de los afectados por la ley son extranjeros, lo que le ha valido al Gobierno quejas del Reino Unido y Alemania.
Las enmiendas de Coalición Canaria (CC) van mucho más allá y otorgan competencias en materia de costa a las comunidades. El partido pide "respetar las construcciones y usos ya existentes" en la costa aunque a la entrada en vigor de la ley no estuviera clasificado como suelo urbano. CC y PP aprobaron una ley autonómica que salvaba viviendas en la playa por su "valor etnográfico", pero la norma está recurrida por el Gobierno en el Constitucional. Ahora pretende introducir en el Congreso que las comunidades designarán las construcciones con "valores históricos, etnográficos, arquitectónicos o pintorescos, que resulte conveniente conservar en función de su antigüedad, integración en el litoral y finalidad social".

El PP se suma a las críticas a la norma y puede crear una mayoría de reforma

El BNG no ha enmendado la ley, pero no porque quiera mantenerla tal cual. Presentó otra proposición de ley para legalizar los núcleos rurales construidos antes de la ley pero no reconocidos en esta, como el caso de Marín (Pontevedra). "No queremos abrir el tema de los deslindes, pero sí estamos dispuestos a hablar sobre la forma de salvar estas construcciones que hay en la costa gallega y asturiana", afirma la diputada Olaya Fernández.
El Ministerio de Medio Ambiente no ha querido comentar las enmiendas. El ministerio ya presentó una reforma de un punto de la norma para permitir comprar y vender las casas construidas legalmente en la playa antes de 1988. Ese cambio, introducido a través de otra ley, duerme desde hace año y medio en un cajón del Congreso. El ministerio sí ha optado por aplicar la ley con menos dureza, al menos públicamente, que el equipo anterior.
Los ecologistas temen que la presión acabe por imponer un recorte. "En España que la costa es pública está reconocido desde Alfonso X el Sabio. Por la seguridad de las personas, la franja costera no debería ocuparse y las ocupaciones ilegales no deben prevalecer sobre el interés general", afirma Rita Rodríguez, de WWF, una organización que ve con alarma los movimientos contra una de las leyes más importantes y duraderas sobre medio ambiente.
EL PAIS http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Congreso/debate/primera/vez/rebajar/Ley/Costas/1988/elpepisoc/20100709elpepisoc_3/Tes

jueves, 1 de julio de 2010

Una sentencia pionera salva un inmueble del derribo de Costas por su interés cultural

El abogado del propietario afirma que la resolución evidencia ''insensibilidad'' en la aplicación de la LeyNuevo golpe a las intenciones de la Dirección General de Costas en el Archipiélago.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictada el pasado 9 de abril, a la que ha tenido acceso este digital, anula la orden de derribo de una vivienda ubicada en Punta de la Seba, en el término municipal de La Oliva (Fuerteventura). La resolución es pionera en España porque, por primera vez hasta donde ha podido averiguar este periódico, un juzgado 'tumba' una orden de derribo de Costas en base al interés cultural de una construcción.
D.C. / Santa Cruz de Tenerife

Es el caso de la vivienda de Placido Estévez, maestro de profesión, que un día se topó no sólo con una orden de recuperación posesoria de su propiedad, a lo que nunca se ha opuesto, sino con un dictamen que conllevaba el derribo del preciado inmueble. La recuperación, de hecho, está justificada por la aprobación de un deslinde que deja la zona en cuestión dentro del dominio público. Lo incomprensible, tanto para el propietario como para el TSJC, es que Costas, además, se haya empecinado en derribar la propiedad más allá de recuperarla. Una situación que llevó a Estévez a ponerse en contacto con el abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, José Ortega. Empezó entonces un intenso trabajo para poner de relieve los valores patrimoniales de la construcción, que se plasmó en un informe realizado por un arquitecto experto en la materia. Aunque fueron varios los argumentos esgrimidos, y posteriormente aceptados por la Justicia, destaca el hecho de que el inmueble tiene interés público ya que se encuentra incluido en la Carta Arqueológica de Fuerteventura, elaborada por el propio Cabildo insular.

En el expediente, además, aparece un informe de un técnico de Patrimonio Histórico de la Corporación majorera. Según el especialista, y de manera literal, la descripción de la zona es la siguiente: "En Caleta de la Seba, según información de la Carta Arqueológica de Fuerteventura, obrante en este departamento, se recoge la existencia de un conjunto de estructuras de piedra seca compuesto por 18 construcciones, 17 de ellas próximas a la costa, en las que se localiza abundante material malacológico, lítico y cerámico. En la prospección superficial realizada no se constató la existencia de material arqueológico aborigen y, por ello, se le asignó al conjunto una adscripción cultural postconquista, con claros síntomas de reutilización por pescadores, campistas, etcétera, hasta la actualidad". José Ortega, en declaraciones a eldigitaldecanarias.com, insistió en que esta sentencia "evidencia la falta de sensibilidad de Costas a la hora de aplicar la Ley". En opinión del abogado valenciano, en una teoría apoyada por la resolución del TSJC, era suficiente, en base a la aplicación del deslinde, aplicar la recuperación posesoria. El ente estatal, sin embargo, quiso ir más allá con una orden de derribo que ahora ha sido anulada. Placido Estévez ha mostrado también su satisfacción por la sentencia, después de meses de una lucha cultural que le ha costado, como es obvio, poner dinero de su bolsillo. Este maestro de escuela, de hecho, siempre ha incidido en que su único interés era que no se demoliera el edificio, ya que tiene la costumbres de utilizar la vivienda, con el beneplácito de las administraciones, para realizar actividades extraescolares y complementarias para la formación de sus alumnos.

EL DIGITAL DE CANARIAS

lunes, 14 de junio de 2010

Denuncian que los ingenieros de Costas trabajan como «mafias»

El abogado Ortega cree que son una «casta» que pasa informes sesgados»

JAVIER REYES / SANTA CRUZ DE TENERIFE
Día 14/06/2010 - 12.58h
«La reforma de la Ley de Costas habría que abordarla por cuestiones mentales e higiénicas, pero más importante es un cambio en los funcionarios. Muchos tienen pensamientos extremos y dogmáticos porque con esta misma ley se podría hacer una aplicación más dulce». Es la reflexión en voz alta de José Ortega, abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, que ha querido compartir con ABC la aplicación de un documento que trae de cabeza a muchas familias en las Islas, que cada noche se despiertan con la pesadilla de que su casa, en primera línea de mar, acabará demolida por las palas.
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Ortega sitúa el origen de todos los problemas en la redacción de la ley de 1988. ¿Por qué?, porque en ese momento se aplicó el criterio de «cuanto más mejor», de tal manera que quien fija los límites del dominio público serán los temporales máximos conocidos y no los ordinarios
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El abogado valenciano sostiene que la ley es «poco práctica» y tiene «defectos técnicos», aunque respeta su filosofía de evitar el agotamiento del litoral por culpa de la presión de la construcción
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Es muy inapropiado aplicar linealmente con escuadra y cartabón esta ley a Canarias. Aquí hay poblados que están muy metidos en el mar y tienen que estar así porque han estado siempre así ..

http://www.abc.es/20100614/local-murcia/ingenieros-mafias-201006141256.htm

ABC

viernes, 4 de junio de 2010

El comite de Peticiones del Parlamento Europeo, contesta a España por la Ley de Costas.



Estimada Sra. Ministra:Quiero expresar en nombre del Comité de Peticiones del Parlamento Europeo, mi agradecimiento por la presencia de las autoridades españolas y en especial de Doña Alicia de Paz Antolín que intervino los pasados días 22 y 23 de Marzo de 2010 en la reunión de esta Comisión y explicó la posición de las autoridades españolas sobre la Ley de Costas (Ley 22/1988). Siento sin embargo, que el tiempo de palabra asignado, no fuera lo suficiente extenso para que pudiera replicar.Su intervención puso de relieve la importancia de dicha Ley para la conservación del litoral español, pero sin embargo, también se pudieron apreciar ciertas disfunciones en la Ley que ya habían sido señaladas por el informe realizado por la Sra. Magrette Auken sobre el impacto de la urbanización extensiva en España, en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho Comunitario (2008/2248(INI), aprobado en sesión plenaria en esta Cámara el 26/03/2009.En dicha resolución el Parlamento Europeo,” reconocía y apoyaba los esfuerzos de las autoridades españolas por proteger el medio ambiente costero y, allí donde fuera posible, la restauración del medio ambiente de forma favorable, la biodiversidad y la regeneración de las especies autóctonas de flora y fauna y, en este contexto específico, instaba a que revisase urgentemente y, en su caso, se modificase la Ley de Costas, a fin de proteger los derechos de los legítimos propietarios de viviendas y de aquellos que poseen pequeñas parcelas en la costa que no tienen un impacto negativo sobre el medio ambiente costero; se hacía hincapié en que dicha protección no debía concederse a proyectos de desarrollo especulativos que no respetasen las directivas de la UE sobre el medio ambiente; se proponía revisar las peticiones recibidas sobre este asunto a la vista de las respuestas de las autoridades españolas competentes.Durante el debate de la Comisión de Peticiones, los peticionarios pusieron de relieve varios aspectos de la Ley de Costas de 1988, que hoy quiero subrayar.El primer aspecto se refiere a la denominación del dominio marítimo terrestre, pues la Ley de Costas, ha querido ampliar qué es dominio público y ha ampliado el concepto de lo que se denomina dominio público marítimo terrestre, pero lo hace en términos imprecisos. Las autoridades españolas han aprobado unas instrucciones relativas a la aplicación de la Ley de Costas de 1988 que deberían definir qué es dominio público y qué dominio privado bajo parámetros claros y concisos. La ausencia de claridad de estas instrucciones ha tenido como consecuencia que las líneas de deslindes sean trazadas por ejemplo en zigzag. Ello da cabida a interpretaciones que pueden parecer arbitrarias en los deslindes. Durante sus intervenciones los peticionarios demostraron las diversas situaciones creadas por la Ley a las que se debería dar una solución. Los deslindes son una constante en las reclamaciones de los ciudadanos y los criterios necesarios para hacer dichos deslindes deberían aplicarse con igualdad en toda la costa española.El segundo aspecto, es que la Ley de Costas de 1988 no respeta las situaciones de propiedad privada anteriores a ella; los terrenos y edificaciones que estaban fuera del dominio público bajo los deslindes anteriores a la Ley de Costas de 1988, pasan a ser dominio público, fruto de la ampliadora definición de esta Ley. En lugar de preverse la expropiación de esos terrenos, La Ley ha convertido automáticamente a los propietarios en concesionarios por 30 años, plazo prorrogable por 30 años más. Creemos que no debieran pasarse por alto las situaciones de propiedad u ocupación preexistentes durante años y años. Podrían hacerse operaciones concretas de expropiación, pero ello requeriría una transparente explicación de cuál es el fin que se quiere lograr con esa expropiación, así como un régimen de cotejo y seguimiento de ese fin.Por último ha quedado de relieve en los debates que los terrenos y sus edificaciones que estaban inscritos en el Registro de la Propiedad, (organismo que debe ofrecer seguridad jurídica y social), como propiedad privada y por tanto, se presumía que pertenecían legítimamente a su propietario ya no lo están. La Ley de Costas de 1988 considera que su inscripción no es válida. Con el sólo trazado de la línea del deslinde por el Ministerio y no por los jueces, si pierde la propiedad y no se tiene derecho automático a la concesión. Este Comité es consciente de que el Tribunal Constitucional español, ha dicho que esto es ajustado a derecho español, pero el propietario pasa de tener una propiedad consolidad e incluso inscrita en el Registro como propia, tiene que ir a los Tribunales a demostrar que es suyo, pues la Ley de Costas, no reconoce su situación. Los peticionarios se han quejado de esta situación, pues no ofrece seguridad jurídica a los ciudadanos.Por todo ello, este Parlamento, le estaría muy agradecido si pudiera estudiar en profundidad las disfunciones producidas por esta Ley, así como concretar a esta Comisión de Peticiones, qué medidas piensa adoptar su Ministerio para intentar dar soluciones a los peticionarios. Todo ello redundaría en una mayor claridad y los ciudadanos, muchos de ellos en situaciones personales difíciles, se sentirían escuchados.No dudamos de que la acción de su Gobierno orientada a la conservación del litoral español, objetivo de la Ley, logre preservar las costas españolas, y esta Comisión de Peticiones se congratula por ello.Atentamente, reciba un cordial saludo,Erminia Mazzoni
Presidenta del Comité de Peticiones
Fuente:- http://elespritudechovito.blogspot.com/2010/06/el-comite-de-peticiones-del-parlamento.html

viernes, 21 de mayo de 2010

CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO ANTE SU VISITA A ELCHE.


LA LEY DE COSTAS DE 2008: UN DEBATE NECESARIO
Ante la estupefacción de los representantes del Ministerio de medio Ambiente, liderados por la directora de costas, Doña Alicia Paz, el Parlamento Europeo ha vuelto a llamar la atención y condenar a España y a su Gobierno por la aplicación injusta, arbitraria, con carácter retroactivo y sin compensación suficiente por la pérdida de la propiedad en los casos de concesión, de la Ley de Costas. No ha servido para nada el que la directora de Costas fuera al Parlamento de cuerpo presente para explicar la “maravilla” que es esta Ley, estando además en el semestre en donde nuestro Presidente es asimismo Presidente (de turno) de la Unión europea. Nada, los parlamentarios europeos siguen en la confabulación contra este Gobierno, la Audiencia nacional, Tribunal Supremo y funcionarios de Costas varios, indicándonos que el problema no es la ley de costas (válida en cuanto a la necesidad de proteger las playas) sino su aplicación sobre situaciones que eran (y son, en mi opinión) legales antes de que se aprobara, en 1988, dicha Ley.
Los parlamentarios de Europa, en definitiva, se ratifican en lo que se indicaba en el famoso (y olvidado) Informe Auken y piden al Gobierno que de una solución respetuosa con el derecho de propiedad de los ciudadanos europeos.
Para el Gobierno podría ser el momento de llegar a un pacto con los ciudadanos afectados por la aplicación de dicha ley, insisto sobre propiedades que eran legales, abriendo un debate que intente conjugar el respeto al medio ambiente y los derechos de propiedad.
Nos va en ello la credibilidad de este país y la confianza de que este Gobierno y su Presidente en primer lugar, se comportan de manera civilizada con los que desean invertir en el.
En este debate me gustaría aclarar algunos puntos, desde la perspectiva de los afectados, para evitar que se descalifique la oposición a esta Ley de Costas de la manera demagógica que a veces se hace desde la propia Costas o desde algunos grupos de presión.
1º) No estamos en contra de una Ley que proteja la Costa de desmanes urbanísticos. Estamos en contra de que se utilice para modificar situaciones que eran legales antes de dicha ley. Para nosotros el fin no justifica los medios.
2º) Un gobierno democráticamente elegido está en su derecho de modificar situaciones que ahora se consideran que “no se debieron haber permitido”. El procedimiento no es quitar sus propiedades a la brava a los ciudadanos afectados, sino “comprarles esas propiedades a un justo precio”. Esto es lo que hacen los países civilizados que adoptan legislaciones avanzadas. Otra cosa es lo que se suele hacer aquí, aprobar leyes como los países mas avanzados en temas sociales y medio ambientales y por falta de medios actuar como países tercermundistas en cuanto a los derechos adquiridos.
3º) Las compensaciones aprobadas por el Tribunal Constitucional sobre esta Ley, de compensar a los propietarios dejándoles que disfruten unos años de su propiedad que se les quita por el Estado, es un sarcasmo propio de analfabetos económicos. ¿Desde cuando para comprar algo que es propiedad de otra persona se le puede pagar “permitiendo” que disfrute esa propiedad durante algún tiempo mas?.
4º) La confianza en el gobierno y las instituciones de este país, están en entredicho. El Parlamento Europeo ha condenado a España por su falta de respeto a los derechos de los ciudadanos europeos y le ha pedido que rectifique. Creemos que está en la mano del Gobierno conseguirlo. Para ello debe reformar la Ley de Costas eliminando la parte de la misma que permite se aplique sobre situaciones anteriores a la Ley. Con esa Ley en la mano si mañana el Gobierno modifica lo que se entiende por playa, ampliando el concepto (como hizo la ley del 88 respecto de la ley del 69), puede dejar en la ilegalidad de nuevo a miles de familias. Es esta incertidumbre la que genera desconfianza.
La Asociación de Vecinos Litoral de Arenales del Sol, que agrupa a 800 propiedades y familias afectadas y la Plataforma Nacional de Afectados por la ley de Costas que agrupa casos similares en toda España, le pedimos, Sr. Presidente del Gobierno, que dialogue y negocie con nosotros. La fuerza no se demuestra en la imposición y en los derribos, sino en los argumentos y los acuerdos. También los parlamentarios europeos miran este caso como ejemplo del verdadero talante que tiene usted. Recobre la confianza en este país empezando por cumplir las resoluciones del Parlamento de Europa.
Alfredo Masó
Presidente de la Asociación Vecinos Litoral de Arenales del Sol
Miembro de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas

jueves, 20 de mayo de 2010

VAMOS A AYUDAR A FORENTINA

De nuevo se está prduciendo una situación fea y de nuevo os pido ayuda en nombre de los afectados. Florentina Mora y su marido compraron una vivienda en Cala Tuent (Soller) para dedicarla a restaurante. Pagaron por ella en su momento cincuenta millones de pesetas. La casa fue cosntruida en 1920. La Demarcación de Costas ordenó el derribo y le pide más de 370.000 euros para costarlo.
Esta mañana me he enterado de que se inician los trabajos de derribo, que conseguí detener en septiembre con unos recursos judiciales. Tengo solicitada a la Ministra la nulidad de una orden ministerial de 2001 por la que se ordenaba la demolición (fue firmada por Jaime Matas cuando era ministro, ya sabéis por el telediario a qué se dedicaba en realidad este señor) y la concesión prevista en la ley de costas como compensación por la privación de la propiedad. En los dos casos he pedido la suspensión cautelar.
Hablé de este problema (entre otros) en mi intervención en el Parlamento Europeo el pasado día 23 de marzo. Lo podéis ver aquí:
http://www.youtube.com/watch?v=NQ9NreRv1OE
Pero sobre todo os pido que para conocer a Florentina y valorar su problema veais el video que colgué en mi canal a través del siguiente enlace:
http://www.youtube.com/watch?v=VoC7t6Kvwwo

Florentina necesita nuestra ayuda mediante la remisión de unas cartas a las direcciones y con el contenido que os pongo aquí:
Dirección de la Directora General de Sostenibilidad de la Costa (Alicia Paz Antolín):
apantolin@mma.es
Complementariamente: buzon-dgc@mma.es
Dirección del Secretario General del Mar (Juan Carlos Martín Fragueiro):
sgpesmar@mapa.es
La comunicación a la Vicepresidenta del Gobierno puede hacerse desde esta página:
://www.mpr.es/Contacte+con+el+Ministerio/default.htm
Instrucciones:
Escribir los datos personales. En el apartado ASUNTO poner DERRIBO EN CALA TUENT. En el apartado A QUIÉN DIRIGIRSE seleccionar OTRA UNIDAD.
En el apartado ESPECIFIQUE CUAL, poner GABINETE VICEPRESIDENTA.
TEXTO DEL MENSAJE:
En el día de hoy la Demarcación de Costas de Baleares se dispone a iniciar los trabajos de demolición de una vivienda propiedad de Florentina Mora Castañer, en Cala Tuent. La orden de derribo fue dictada en 2001 por el entonces ministro Jaime Matas.
La interesada tiene solicitada ante la Ministra la nulidad de la Orden Ministerial porque la misma fue dictada con indefensión. También tiene solicitada ante la Directora General de Sostenibilidad de la Costa la concesión de la Disposición Transitoria primera, apartado primero, de la ley de costas, ya que la propiedad está documentada desde antes de la primera ley de puertos de 1880, lo que la sitúa en una posición similar a los casos previstos en ese apartado primero de la disposición transitoria (ciudadanos con sentencia a su favor declarando propiedad privada dentro del dominio público). En los dos casos se tiene solicitada, de forma razonada, la suspensión cautelar del derribo.
En diciembre de 2008 se produjo una situación similar con el derribo de una vivienda situada en Pontevedra y propiedad de la familia Aboal. En aquella ocasión la familia solicitó la concesión de la Disposición Transitoria primera, apartado primero, de la ley de costas y a vista de ello, la Administración suspendió un derribo inminente. No hay ningún motivo para que ustedes no actúen ahora de la misma manera.
Por favor, dicten instrucciones URGENTES a la Demarcación de Costas de Baleares para que suspendan los trabajos de demolición hasta que la Ministra no dicte resolución sobre la petición de nulidad interesada y hasta que la Directora General no haga lo mismo en relación a la concesión solicitada.


Aún podemos ayudar a Florentina. Incluso en un paíscorrompido hasta los huesos como el nuestro, aún podemos ayudarla.
Muchas gracias a todos.
José Ortega