
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictada el pasado 9 de abril, a la que ha tenido acceso este digital, anula la orden de derribo de una vivienda ubicada en Punta de la Seba, en el término municipal de La Oliva (Fuerteventura). La resolución es pionera en España porque, por primera vez hasta donde ha podido averiguar este periódico, un juzgado 'tumba' una orden de derribo de Costas en base al interés cultural de una construcción.
D.C. / Santa Cruz de Tenerife
Es el caso de la vivienda de Placido Estévez, maestro de profesión, que un día se topó no sólo con una orden de recuperación posesoria de su propiedad, a lo que nunca se ha opuesto, sino con un dictamen que conllevaba el derribo del preciado inmueble. La recuperación, de hecho, está justificada por la aprobación de un deslinde que deja la zona en cuestión dentro del dominio público. Lo incomprensible, tanto para el propietario como para el TSJC, es que Costas, además, se haya empecinado en derribar la propiedad más allá de recuperarla. Una situación que llevó a Estévez a ponerse en contacto con el abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, José Ortega. Empezó entonces un intenso trabajo para poner de relieve los valores patrimoniales de la construcción, que se plasmó en un informe realizado por un arquitecto experto en la materia. Aunque fueron varios los argumentos esgrimidos, y posteriormente aceptados por la Justicia, destaca el hecho de que el inmueble tiene interés público ya que se encuentra incluido en la Carta Arqueológica de Fuerteventura, elaborada por el propio Cabildo insular.
En el expediente, además, aparece un informe de un técnico de Patrimonio Histórico de la Corporación majorera. Según el especialista, y de manera literal, la descripción de la zona es la siguiente: "En Caleta de la Seba, según información de la Carta Arqueológica de Fuerteventura, obrante en este departamento, se recoge la existencia de un conjunto de estructuras de piedra seca compuesto por 18 construcciones, 17 de ellas próximas a la costa, en las que se localiza abundante material malacológico, lítico y cerámico. En la prospección superficial realizada no se constató la existencia de material arqueológico aborigen y, por ello, se le asignó al conjunto una adscripción cultural postconquista, con claros síntomas de reutilización por pescadores, campistas, etcétera, hasta la actualidad". José Ortega, en declaraciones a eldigitaldecanarias.com, insistió en que esta sentencia "evidencia la falta de sensibilidad de Costas a la hora de aplicar la Ley". En opinión del abogado valenciano, en una teoría apoyada por la resolución del TSJC, era suficiente, en base a la aplicación del deslinde, aplicar la recuperación posesoria. El ente estatal, sin embargo, quiso ir más allá con una orden de derribo que ahora ha sido anulada. Placido Estévez ha mostrado también su satisfacción por la sentencia, después de meses de una lucha cultural que le ha costado, como es obvio, poner dinero de su bolsillo. Este maestro de escuela, de hecho, siempre ha incidido en que su único interés era que no se demoliera el edificio, ya que tiene la costumbres de utilizar la vivienda, con el beneplácito de las administraciones, para realizar actividades extraescolares y complementarias para la formación de sus alumnos.
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